Núm. 44. Leg. De cartas reales. Núm. 83. 16 may. 1343.

Núm.
44. 


Leg. De cartas reales. Núm. 83. 16 may.
1343.

(Nota:

mille et trescientos et ochenta y un anyos. 1381).

Al
muy alto et muy noble don Pedro por la gracia de Dios
rey de Aragon et de Valencia et de
Cerdenya et de Corçega conde de
Barcelona don Alfonso por essa mesma gracia rey
de
Castiella de Leon
de Toledo de Gallisia de Sevilla de Cordova de Murcia de Jahen
dol Algarbe et senyor de Molina salud. Rey
hermano bien sabedes en commo enbiemos (o
enbiamos, no se ve bien
) a vos a
Diego Gonçales de Deça guarda del nuestro cuerpo vassallo
de don Tello mio fijo con
nuestra mandaderia con el cual vos enbiamos
desir que aviamos sabido que el rey de Benamari
ayuntava muy grand flota para venir a acorrer
esta villa de Algesira que nos tenemos cercada y para pos ….
et por esto que vos rogavamos que toviesedes por bien
de enviar aqui al estrecho mas galeas destas dies
que aca estan con Matheus Marcer
vuestro visalmirante porque la mar pueda ser guardada asi como
cumple servicio de Dios et de nos los dichos reyes: et vos
enbiastesnos desir por vuestra carta que porque el rey
de Mallorcas
vuestro vassallo vos es rebelle que
avedes a pasar a la cibdat et isla de Mallorcas
et que para este viage que vos eran muy necesarias las dies
galeas
que el vuestro visalmirante aca tiene:
empero que porque entendedes que estas dies galeas
cumplen aca mucho a servicio de Dios et a honra de vos et de
nos que vos plaçe que esten aca et que luego sin otro
detenimiento les faredes enbiar pan et paga para
el tiempo que es por venir et que enbiavades
mandar al vuestro visalmyrante que de aca non parta sin vuestra
licencia et sin vuestro mandado. Et agora el dicho Matheus Mercer
dixonos que vos quel enbiavades mandar que se
fuese para vos con estas dies galeas. Et rey hermano bien
creemos que estando nos aqui do tenemos cercada esta villa et
esperamos de cada dia lid con los moros por mar et por
tierra que non querredes vos que la vuestra ayuda nos
fallesca a tiempo de tan grant mester lo uno por
los bonos debdos que de luengo tiempo fueron entre las
casas de Castiella et de
Aragon
et que son entre nos et vos et lo otro por las posturas que de
consuno avemos quanto mas que
loado sea Dios los moros de Algecira son llegados a tan
gran fincamiento que fiamos de Dios de cobrar esta villa mucho
ayna et si estas vuestras galeas agora daqui
se partiesen ….. muy grand mengua de que se nos
podria seguir grand deserviçio et muy grand
danno a nos et a la nuestra tierra et a toda la cristiandad lo
qual somos cierto que querredes nos guardar. Porque vos
rogamos rey hermano por los bonos debdos que de consuno
avemos et por la postura que es entre nos et vos que tengades
por bien de enbiar mandar al dicho Matheus
Merçer
vuestro visalmyrante que este aca en
nuestro servicio et en guarda de la mar con las dichas dies galeas
en quanto nos aqui estoviermos et quels mandedes
enviar luego pan et paga para el tiempo que es por venir segund
que vos nos enviastes desir et queste non
parta daqui en quanto esta villa tovieremos
cercada. Et desus Dios quiera que
esto nos ayamos acabado si vos
cumpliere nuestra ayuda por mar et por tierra …. vos la
hemos muy de buena miente: et aun agora si el nuestro
menester non fuese tan grande como es seed
cierto que de las nuestras galeas que nos aqui tenemos
enbiariemos alla en vuestra ayuda
porque el vuestro fecho se acabase a grand vuestra
onrra asi como es rason. Et
sobresto enbiamos a vos a Ruy
Martines
de la nuestra camara et mandamosle
que fablase convisco algunas cosas que vos el
dira.
Et tened por bien del creer de lo que vos dixiere de
nuestra parte sobresta
rason. Dada en el real de sobre Algesira
seellada con el nuestro seello
de la poridad
disiseis dias de mayo era de mille
et trescientos et ochenta y un anyos. – Yo P. Ferrandes la fis
esenvir por mandado del rey. – Al rey de Aragon por el rey
de Castiella et de Leon.